El Ministerio Público pide nueve años de cara al juicio promovido en su contra y previsto para el día 30 de este mes en la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla.

Fachada de los juzgados del Prado de Sebastián, sede de la Audiencia Provincial de SevillaEuropa Press

Caso ERE

Dos empresarios admiten prevaricación y malversación en una ayuda de los ERE para eludir la cárcel

Aceptan una pena mínima de un año y medio de prisión que queda suspendida siempre que no vuelvan a delinquir durante dos años

La Audiencia de Sevilla ha condenado este jueves a dos empresarios como cooperadores necesarios de un delito de prevaricación en concurso con un delito de malversación de caudales públicos, con la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificadas, por las ayudas sociolaborales de 2,9 millones de euros concedidas por la Junta de Andalucía a la empresa Uvesa en época socialista mediante el mecanismo de los ERE fraudulentos.

En concreto, en el banquillo de los acusados se han sentado los empresarios M. G. M. y F. M. P., como responsables de la empresa Uvesa del sector de la carne de pollo, después de que allá por 2011, en los primeros compases de la investigación de la macrocausa de los ERE, el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, entonces con la juez Mercedes Alaya al frente, ordenase indagar los aproximadamente 2,9 millones de euros recibidos por esta entidad en concepto de ayudas sociolaborales.

En ese marco, y a raíz del expediente de solicitud de reintegro de fondos promovido por la Junta de Andalucía en relación con dicha cuantía y la resolución de un posterior litigio contencioso-administrativo sobre el asunto, la Administración andaluza habría obtenido el pago de más de 3,2 millones de euros.

De este modo, justo al comenzar la sesión, la fiscal del caso ha anunciado un acuerdo de conformidad entre las partes del procedimiento judicial, mediante el cual los encartados han reconocido ser cooperadores necesarios de un delito de prevaricación en concurso con un delito de malversación de caudales públicos, con la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificadas.

Fruto de ello, la fiscal ha manifestado que ha reducido su petición de condena a una pena mínima de un año y medio de prisión y tres años y medio de inhabilitación absoluta para cada uno de los acusados, con la responsabilidad civil ya satisfecha con los citados 3,2 millones de euros.

Ambos acusados han mostrado su conformidad con los términos del acuerdo y han aceptado las mencionadas penas, declarando así el tribunal su condena. Tras ello, su defensa ha solicitado suspender sus penas de prisión.

Dado que ni la Fiscalía ni el PP andaluz, personado en la causa, se han opuesto, el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia ha accedido a suspender sus penas de cárcel, siempre que no vuelvan a delinquir en un periodo de dos años.

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