El juez cree acreditado que se encuentra "incorporado al mercado laboral" según su propia formación y aptitudes

El juez cree acreditado que se encuentra «incorporado al mercado laboral» según su propia formación y aptitudesEFE

Sevilla

Un padre consigue que retiren la pensión alimenticia a su hijo de 22 años porque trabaja como DJ y en El Rocío

  • La sentencia estima la demanda del hombre, aunque la madre se opuso alegando que el hijo no es económicamente independiente

Un padre sevillano ha conseguido que un juzgado de la capital declare la extinción de la pensión de alimentos a un joven de 22 años al concluir que ya está incorporado al mercado laboral, como pinchadiscos y conductor de un tractor en la romería de El Rocío.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia 23 de Sevilla estimó la demanda presentada por padre, por lo que accedió a modificar una sentencia dictada anteriormente en un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo.

Así, el fallo da por declarada le extinción de la pensión de alimentos que incluía la contribución a los gastos extraordinarios, lo que significaba el pago de 300 euros por cada uno de sus hijos.

El magistrado recuerda que las medidas adoptadas en los procesos matrimoniales «no quedan inderogables e indefinidamente fijadas» ya que, evidentemente, la situación vital de cada persona «está sujeta a cambios».

La madre se opone a la demanda

El padre decidió recurrir ante una sentencia dictada en el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo que establecía que la pensión alimenticia a cargo del padre quedaba fijada en una cantidad mensual de 600 euros.

Esa cantidad se entregaba a la madre por mensualidades anticipadas entre los cinco primeros días de cada mes. El hombre pidió la extinción de la pensión fijada para el hijo mayor de edad al considerar que gozaba de independencia económica, debido a que obtiene «cuantiosos ingresos en diversas actividades».

También porque, según indicó, no existe relación entre padre e hijo «por la exclusiva negativa del hijo». La madre se opuso a la demanda alegando que el hijo no es económicamente independiente y que el padre «no se ha preocupado nunca por los hijos».

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