
Los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, durante el juicio de los ERE
Caso ERE
La Audiencia de Sevilla rechaza las pegas de Griñán a elevar el borrado de los ERE a la Justicia europea
El tribunal señala que «no ha lugar a hacer aclaración» sobre su intención de elevar una cuestión prejudicial en Europa contra las sentencias del TC
La Audiencia de Sevilla ha rechazado la petición del expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán para que explicara su intención de elevar a la Justicia europea una cuestión prejudicial contra las sentencias del Tribunal Constitucional (TC) que anulan parcialmente las condenas a la cúpula política de la trama de los ERE.
El tribunal sevillano ha reafirmado que su resolución en la que pidió opinión a las partes personadas en la pieza política del caso ERE, concretamente sobre si el TC «invadió» ámbitos reservados a los jueces al anular parcialmente las condenas a la cúpula política de la trama, «no es susceptible» de recurso.
En una resolución notificada este lunes, la Sección Primera responde de esta forma a un escrito presentado por el abogado de Griñán, que solicitó al tribunal una aclaración sobre la providencia en la que la Audiencia cuestionaba la maniobra del Constitucional para bloquear una cuestión prejudicial en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre las sentencias del propio TC.
La Audiencia contesta al letrado de Griñán que, conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial (artículo 4 bis, apartado 2), resulta «obligado» el trámite de alegaciones a la Fiscalía y a las partes personadas, por lo que «no es susceptible de recurso la resolución que así lo acuerda».Dicho artículo recoge que, cuando los tribunales decidan plantear una cuestión prejudicial europea, lo harán de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y, en todo caso, mediante auto, «previa audiencia de las partes».
La Sección Primera también señala que «no ha lugar a hacer aclaración» al considerar que la providencia, firmada por la magistrada ponente para expresar el parecer del tribunal, «expone con claridad las cuestiones que se someten a las partes», en este caso Fiscalía, las acusaciones del PP y Manos Limpias y las defensas.
En la providencia sobre la que se ha pedido aclaración, la Audiencia de Sevilla ya recogía que contra esta no cabía recurso, puesto que su pretensión era decidir si procedía o no un posterior planteamiento de una cuestión prejudicial ante la Justicia europea.
Esta contestación de la Audiencia de Sevilla se produce después de que el presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, encargara un informe a los letrados de la Corte de Garantías para estudiar si la Audiencia de Sevilla puede formular una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
El tribunal sentenciador del caso ERE ha pedido explicaciones a Conde-Pumpido sobre su maniobra porque entiende que no puede «dejar de lado la posibilidad de que las valoraciones que hace el TC, que le llevan a entender que esta Sección Primera de la Audiencia y la Sala Segunda del Supremo han vulnerado el derecho a la legalidad penal de los recurrentes en amparo, no sean del todo compatibles con el Derecho de la Unión».