Cartas al director
La amnistía es inconstitucional
Desde que empecé en el mundo del Derecho como un simple estudiante hace ya más de cuarenta años largos lo primero que me enseñaron mis viejos maestros era que lo que la ley no prohíbe expresamente está permitido. Pero a la vez también que aquello que infringe el espíritu de la Constitución tampoco puede ser reconocido por una norma, salvo que se reforme previamente la Constitución. Y es justamente esto segundo lo que la Comisión de Venecia viene a recomendar, que se reforme nuestra Carta Magna para que, con el soporte de una mayoría consensuada de votos, se pueda regular la amnistía como una posibilidad legal pero con sus requisitos y limitaciones. En este sentido la Constitución española no habla de la Amnistía porque en el debate previo a su aprobación por las fuerzas políticas de entonces, mayoritarias, tanto de la UCD como del PSOE, rechazaron que la amnistía pudiera ser prevista. Lo más parecido es un indulto general que sí está expresamente prohibido. Un indulto general es inferior que la amnistía. Si lo inferior se prohíbe con más razón no se puede admitir como constitucional una amnistía en los términos que se pretende por un pacto entre un Gobierno minoritario y el apoyo de 7 diputados que representan a un prófugo de la Justicia y una agrupación de convictos y confesos ya condenados en sentencias firme. Por mucho que Conde Pumpido sea presidente del Tribunal Constitucional. Que yo sepa no tiene en su poder la piedra filosofal que convertía el metal vulgar en oro puro. Es una auténtica vergüenza que nos tengan que decir desde fuera lo que cualquier persona con conocimientos jurídicos lo sabe. No es constitucional y punto. Reforme la Constitución por los trámites previstos y ya veremos.