Muflones en España

Muflones en EspañaEuropa Press

Estos son los animales que se pueden cazar en Madrid

La región publica cada temporada una Orden de vedas en la que se establecen las especies objeto de caza y las limitaciones y épocas hábiles en el ámbito territorial

La legislación y la regulación son dos de los mejores aliados de la actividad cinegética, ya que para que esta se produzca es necesaria la conservación de las especies.

La caza emerge como una herramienta clave para la gestión de los ecosistemas y su utilización resulta fundamental para que las comunidades mantengan un equilibrio. La Comunidad de Madrid permite la captura de diversas especies tanto en la modalidad de caza menor como en la caza mayor.

La caza menor se caracteriza por realizarse sobre animales de pequeño tamaño, generalmente a pie y con el apoyo de perros de caza. En Madrid, las especies que pueden ser objeto de esta práctica incluyen:

caza menor en madrid

  • Becada (Scolopax rusticola).
  • Codorniz (Coturnix coturnix).
  • Conejo (Oryctolagus cuniculus).
  • Corneja (Corvus corone).
  • Estornino pinto (Sturnus vulgaris).
  • Faisán (Phasianus colchicus).
  • Grajilla (Corvus monedula).
  • Liebre (Lepus granatensis).
  • Paloma bravía (Columba livia).
  • Paloma torcaz (Columba palumbus).
  • Paloma zurita (Columba oenas).
  • Perdiz roja (Alectoris rufa).
  • Tórtola común (Streptopelia turtur) (Es cinegética pero está sujeta a regulaciones según la temporada).
  • Urraca (Pica pica).
  • Zorro (Vulpes vulpes).
  • Zorzales: alirrojo (Turdus iliacus); común (Turdus philomelos); charlo (Turdus viscivorus); real (Turdus pilaris).

La caza mayor, a diferencia de la caza menor, pone la mira en especies de gran tamaño. Entre las modalidades más practicadas se encuentran el rececho y la batida o montería. En Madrid, se permite la caza de las siguientes especies:

caza mayor en madrid

  • Cabra montés (Capra pyrenaica).
  • Ciervo (Cervus elaphus).
  • Corzo (Capreolus capreolus).
  • Gamo (Dama dama).
  • Jabalí (Sus scrofa).
  • Muflón (Ovis musimon).
Ejemplar de cabra montés

Ejemplar de cabra montésEuropa Press

Mención aparte merecen los ejemplares recogidos en el Catálogo de Especies Exóticas invasoras. La Comunidad de Madrid permite la captura y muerte durante la práctica de cualquier actividad cinegética autorizada para cualquier ejemplar de Cotorra argentina (Myiopsitta monachus), Cotorra de Kramer (Psittacula krameri), Ganso del Nilo (Alopochen aegyptiacus), Mapache (Procyon lotor) y Cerdo Vietnamita (Sus Scrofa var. Domestica) y sus híbridos asilvestrados.

«Las especies exóticas o alóctonas, son aquellas que se hallan fuera de su área natural de distribución. La mayoría no representan ningún problema ambiental pero sí lo hacen las llamadas exóticas invasoras que proliferan causando daños al medio ambiente, a otras especies o a las actividades humanas y económicas», indica la normativa comunitaria.

Las especies exóticas invasoras son especies foráneas que han sido introducidas de forma artificial, accidental o voluntariamente, y que después de cierto tiempo consiguen adaptarse al medio y colonizarlo. «Las especies autóctonas no han evolucionado en contacto con las especies exóticas invasoras, de manera que en muchos casos no pueden competir con ellas y son desplazadas de su hábitat natural», asevera la institución.

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