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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez

Estos son requisitos que tienen que cumplir las universidades privadas para que el Gobierno no las cierre

Estos cambios en los requisitos para la creación de nuevas universidades plantean también revocar las autorizaciones otorgadas a las universidades que no cumplan con 4.500 alumnos en los cinco primeros años de ejercicio

El Gobierno liderado por Pedro Sánchez ha encabezado una cruzada legislativa contra ciertas universidades de carácter privado, las cuales el presidente no dudó en tachar de «chiringuitos educativos» este lunes, durante su intervención en el acto 'En defensa de una universidad de calidad, clave para el ascensor social', donde también anunció la aprobación de un Real Decreto que pondrá coto a las universidades privadas de todo el territorio nacional, endureciendo los criterios para su creación.

Estos cambios en los requisitos para la creación de nuevas universidades plantean también revocar las autorizaciones otorgadas a las universidades que no cumplan con 4.500 alumnos en los cinco primeros años de ejercicio o no destinen un 5 % de su presupuesto total a investigación, según se desprende del nuevo decreto que este miércoles entró en consulta pública.

Según reza el borrador del decreto, al que ha accedido El Debate, el Ejecutivo avisa de que estas nuevas medidas «lógicamente afectan por igual a las nuevas propuestas para crear o reconocer una universidad y a las universidades que ya están en funcionamiento». En el documento, la ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, la socialista Diana Morant, utiliza como excusa para cerrar universidades privadas que «la norma introduce una serie de medidas encaminadas a reforzar los requisitos de calidad en el proceso de creación, reconocimiento y autorización de las universidades, destinadas, precisamente, a robustecer la confianza del estudiantado, de sus familias y del conjunto de la ciudadanía en el rigor de sus instituciones universitarias».

Además, recalca que serán vinculantes para la creación de un centro universitario los informes de la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación (ANECA), en el caso de una universidad de ámbito estatal, de la agencia de evaluación autonómica en caso de ámbito regional, y el de la Conferencia General de Política Universitaria, donde está presente el ministerio y las comunidades autónomas.

Aval bancario y alojamiento

Otra de las nuevas peticiones más polémicas que tiene como fin poner coto a la creación de nuevas universidades privadas, es la exigencia al promotor de la universidad un aval bancario depositado en la Caja de Depósitos o instrumento legal similar y detallar si detrás de la universidad hay un fondo de inversión español o extranjero, una multinacional o forma parte de un grupo de universidades ya existente.

La universidad también deberá garantizar en el tercer año de actividad académica el alojamiento a estudiantes equivalente al 10 % de las plazas de enseñanzas de grado, y lo podrá hacer a través de convenios con fundaciones y empresas.

Diana Morant y Pedro Sánchez, en una imagen de archivo

Diana Morant y Pedro Sánchez, en una imagen de archivoRoberto Plaza / Europa Press

Por otra parte, deberá captar en convocatorias, programas y contratos de investigación (I+D+I), incluidas las cátedras universitarias y la valorización de patentes, como mínimo el equivalente al 2 % de su presupuesto total anual en el plazo de cinco años y, en caso de incumplimiento y tras una moratoria de dos años más, «será motivo de revocación de la autorización de actividad de la universidad».

Otras medidas obligatorias

  • Una Memoria que incluya una oferta de enseñanzas como mínimo de diez títulos oficiales de Grado, seis títulos oficiales de Máster y tres programas oficiales de Doctorado en tres ramas de conocimiento distintas. Si los grados cambian a lo largo de los años deberán ser autorizados de nuevo con informes vinculantes.
  • Estarán representadas como mínimo tres de las cinco grandes ramas del conocimiento (Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas e Ingeniería y Arquitectura).
  • Un programa plurianual detallado de la actividad investigadora del personal docente e investigador.
  • Un 50 % de doctores para el conjunto de enseñanzas sobre la totalidad de la plantilla de profesorado.
  • El profesorado con contrato laboral temporal (asociados, visitantes, colaboradores, entre otras figuras) no podrá superar el 8 % en efectivos de la plantilla de personal docente e investigador.
  • Las universidades con sede en España y con docencia de más del 80 % virtual deberán garantizar que, por lo menos, el 75 % del personal reside en este país.
  • Deberá tener un comité ético de comportamiento del personal docente e investigador en materia de investigación y transferencia en cada universidad, con objeto de establecer criterios de buenas prácticas.
  • Después de cinco años del inicio de la actividad, el estudiantado de Grado (y dobles Grados) deberá suponer como mínimo el 50 % del total matriculado en enseñanzas oficiales de dicho centro.
  • Si la oferta universitaria es mayoritariamente virtual se deberá especificar para cada título oficial cómo serán las clases, grabadas o en directo, las evaluaciones o las tecnologías utilizadas.
  • El número de estudiantes matriculados en una universidad en títulos propios de formación permanente no podrán superar en dos veces el número de alumnos matriculados en títulos oficiales en las nuevas universidades a los cinco años de iniciar su actividad.
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