
La presidenta de Junts, Laura Borràs, durante un acto en una imagen de archivo
Separatismo catalán
La Fiscalía admite que Laura Borràs no ingrese en prisión mientras espera el indulto del Gobierno
La política de Junts, que fuera presidenta del Parlamento de Cataluña, fue condenada en firme a cuatro años y medio de prisión por un delito de corrupción
La condena impuesta a la política separatista Laura Borrás, ex dirigente de Junts, el partido del prófugo Carles Puigdemont, podría quedar reducida al pago de una multa de 36.000 euros y 13 años de inhabilitación. La Fiscalía no se opondrá a la suspensión del cumplimiento de la pena de prisión de 4 años y medio que le fue impuesta, si el Gobierno le concede el indulto, según ha trascendido del informe presentado por el Ministerio Público.
Y es que, al calor del punto séptimo de la sentencia condenatoria, en la que la Sala enjuiciadora del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) proponía al Gobierno la concesión de un salvavidas parcial a Borràs, el fiscal encargado del caso ha adelantado que, de concedérsele, no pedirá el ingreso de la independentista en ningún centro penitenciario mientras espera la resolución del Consejo de Ministros, para evitar «posibles perjuicios a la condenada».
Tampoco se opone el representante del Ministerio Público a que se acuerde la suspensión del cumplimiento de la pena de prisión para Isaías H., el informático al que Borràs benefició al fraccionar contratos para adjudicárselos a dedo cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC) entre 2013 y 2018, que fue condenado a 2 años de cárcel como cooperador necesario de un delito de falsedad documental y sancionado con una multa de 2.300 euros.
Así lo ha decidido la Fiscalía atendiendo a la «colaboración y arrepentimiento» mostrado durante el juicio y tras haber acreditado que superó su adicción a las drogas, además de haber abonado la pena de multa impuesta, por lo que pide que se le sustituya la pena de cárcel por trabajos en beneficios de la comunidad.Por último, para Andreu P., que ayudó a preparar los presupuestos y que fue condenado como cooperador necesario de un delito de falsedad documental a 1 año y 2 meses de prisión y multa de 2.250 euros, la Fiscalía dice que no se opone a que se amplíe el plazo para que pueda abonar esta cuantía.
El motivo, explica, es que se ha acreditado la declaración de insolvencia de la empresa de su propiedad, que con posterioridad a la condena del TSJC se declaró en concurso de acreedores y que quedó disuelta, con la consiguiente pérdida de ingresos económicos.