
La sede de la Comunidad de Madrid, en la Puerta del Sol
Los argumentos que Sánchez llevará al Constitucional contra la ley de Ayuso que blinda la Real Casa de Correos
Uno de los tantos conflictos que mantienen enfrentados al Gobierno de Pedro Sánchez y al de Isabel Díaz Ayuso tiene que ver con la Real Casa de Correos. El pasado mes de octubre, el Ejecutivo central inició el procedimiento para declarar «Lugar de Memoria Democrática» la actual sede del Gobierno regional, por haber albergado la extinta Dirección General de Seguridad franquista. Algo a lo que se oponen tajantemente en la Puerta del Sol. Tanto es así, que Madrid ha presentado ya, y ha sido admitido a trámite por unanimidad, un recurso ante el Tribunal Constitucional que plantea un conflicto de competencias sobre esa eventual declaración.
Pero Sánchez no se ha quedado de brazos cruzados y también ha movido ficha en esta 'contienda'. El pasado 27 de febrero, el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, avanzaba que el Gobierno también iba a acudir al Alto Tribunal, presidido por Cándido Conde-Pumpido, para tratar de vincular la sede del Gobierno de Ayuso con Francisco Franco.
El Debate ha tenido acceso al acuerdo del Consejo de Ministros en el que se solicita al presidente del Gobierno promover un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 4 de la Ley 8/2024, de 26 de diciembre, de medidas para la mejora de la gestión pública en el ámbito local y autonómico de la Comunidad de Madrid y expone los argumentos para dicha petición.
Un precepto que protege la Real Casa de Correos como sede del Gobierno autonómico y establece que los poderes públicos tienen la obligación de «proteger y preservar la neutralidad, la pluralidad, la concordia, el respeto a la verdad y a la historia, la imagen institucional, el significado y el uso actual de la sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid». En este sentido, establece que se ordenará el «cese inmediato» de todas aquellas actuaciones que «perjudiquen o resulten incompatibles» con esos extremos.Además, también fija que la colocación con carácter permanente de cualquier placa o distintivo -básicamente lo que busca Sánchez con esa declaración como «Lugar de Memoria Democrática» para recordar que en ese lugar se produjeron torturas durante la dictadura- requerirá «la previa autorización del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid». Lo mismo para la celebración de eventos u otras actuaciones.
Todo ello, según el Consejo de Ministros de Pedro Sánchez, es «incompatible con la distribución constitucional de competencias», en tanto en cuando «blinda» ex lege el edificio de la Real Casa de Correos, al «exclusivo y excluyente criterio que tenga el Consejo de Gobierno de esa comunidad autónoma».
Para el Ejecutivo se trata, en definitiva, de «un régimen especial, exorbitante, exclusivo y excluyente para la Real Casa de Correos que en nada se justifica respecto del régimen general del resto de los inmuebles públicos de titularidad de la Comunidad de Madrid». También critica que esos preceptos de la citada ley establecen «previsiones especiales que no se justifican de manera proporcionada en la condición del inmueble de sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid».
Entre los argumentos que esgrime el Gobierno central contra esa ley -con la vista puesta en agraviar a Isabel Díaz Ayuso vinculando su sede con Franco en el año en el que, precisamente, Sánchez se quiere volcar con un centenar de actos para celebrar los 50 años de su muerte- está que, a su juicio, lo que hace es «vaciar de contenido» la Ley de Memoria Democrática, en virtud de la cual quiere declarar «Lugar de Memoria Democrática» la Real Casa de Correos. Ese vacío de contenido se produce «al supeditar la aplicación y ejecución de la norma estatal a una previa autorización de un órgano autonómico en el ámbito de la competencia de aquel».

Fachada de la Real Casa de Correos
Así, entiende que ha de entenderse como inconstitucional ese vacío de contenido al «ignorar el régimen estatal y establecer una autorización autonómica sobre cualquier actuación relativa al inmueble».
Además, el Ejecutivo también considera que «el ejercicio de las competencias del Estado en materia de memoria democrática no resulta incompatible con el desarrollo ordinario de las funciones institucionales autonómicas, ni tampoco de la utilización de los inmuebles destinados a ello». Para Moncloa, «no hay colisión entre las consecuencias de la declaración del lugar de memoria democrática y la función institucional ordinaria del inmueble como sede de la Presidencia autonómica».
«Ambas normas pueden coexistir siempre que la aplicación de la Ley autonómica no implique la exclusión de la Ley de Memoria Democrática en vigor», puntualiza, y añade que «es la propia Comunidad la que aprecia la incompatibilidad entre la incoación del procedimiento por parte de la Resolución del 16 de octubre de 2024 -para la declaración como 'Lugar de Memoria Democrática'- y la propia norma autonómica de la que trae causa».
Por otra parte, el Gobierno también recordará al Constitucional que, de momento, sólo se ha incoado el procedimiento legalmente establecido para la declaración como «Lugar de Memoria Democrática» sin que haya finalizado. Por ello, «no puede esgrimirse que existe una vulneración competencias en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico de interés para la Comunidad de Madrid», tal y como sostiene el Gobierno regional en su recurso, admitido ya a trámite por el Constitucional.
Así las cosas, el siguiente paso será que el Gobierno materialice su propio recurso, en el que blandirá los argumentos aquí recogidos, que el tribunal, en su caso, lo admita a trámite y, después, conocer como se pronuncia sobre ambas cuestiones. En el ínterin, la guerra Moncloa-Sol por este asunto, continúa servida.