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12 de septiembre de 2024

Andrés Guerrero, presidente de la 'Asociación Juristas de Iberoamérica' (ASJURIB).

Andrés Guerrero, presidente de la 'Asociación Juristas de Iberoamérica' (ASJURIB).El Debate

Elecciones Venezuela 28J

Andrés Guerrero, prestigioso jurista: «El Tribunal Supremo de Venezuela es una marioneta de Maduro»

El presidente de la 'Asociación de Juristas de Iberoamérica' manifiesta que «Nicolas Maduro pretende utilizar, otra vez, a los magistrados que le sirven incondicionalmente»

Guerrero como colegiado de honor por el Ilustre Colegio de Abogados de Caracas y condecorado por la 'Orden Bicentenario' del Colegio de Abogados de Venezuela opina para El Debate que «Nicolas Maduro pretende utilizar, otra vez, a los magistrados que le sirven incondicionalmente como miembros de esa marioneta a la que el dictador venezolano le otorga rango de el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela, cuando bien se sabe y consta que no es más que una herramienta de la que se sirve a su antojo para ejecutar todos los actos arbitrarios que requiere consumar para mantenerse por la fuerza en el poder».

El jurista como presidente de la «Asociación Juristas de Iberoamérica» (ASJURIB) indica que «es de todos conocido que ese TSJ es un instrumento politizado que ha convalidado todas las arbitrariedades de Nicolas Maduro, por lo que no se puede esperar que actúen con objetividad».

También como Vicepresidente de la Asociación 'Unión Interprofesional Iberoamericana', Copresidente y Secretario General del 'Foro Pro Integración de Juristas de Iberoamérica' indica que «es un descaro que Nicolas Maduro Moros, a pesar de haber supuestamente triunfado en los comicios presidenciales del pasado 28 de julio, procedió a introducir un recurso contencioso electoral ante el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) el pasado 31 de julio - tan solo tres (3) días después del primer anuncio del Consejo Nacional Electoral (CNE)- en el cual solicitaba, no la nulidad del proceso electoral, sino insólitamente, una suerte de certificación judicial del resultado electoral.

En ese momento, ninguno de los otros candidatos había considerado acudir al TSJ a demandar acto alguno, toda vez que el definitivo, no había sido emitido por el máximo ente electoral».

El Tribunal Supremo de Venezuela presidiéndolo Caryslia Rodríguez con Maduro en la sala

El Tribunal Supremo de Venezuela presidiéndolo Caryslia Rodríguez con Maduro en la salaX

Además, añade que «paradójico es que, Maduro no pidió la nulidad de actuación alguna del CNE, o que este actúe a la luz de una omisión, tampoco que se le repare un posible daño, subjetivo u objetivo. De tal manera, cabe plantearse la siguiente interrogante: ¿Cuál es el objeto y la finalidad de su demanda? Es evidente que, no posee legitimidad activa para acudir al poder judicial a solicitar su intervención, pues no pesa sobre él ningún agravio contra el cual reclamar, carece de interés procesal para pedir la intervención judicial a un órgano -el máximo en su competencia- que sólo puede anular actos electorales o establecer obligaciones o condenas de hacer, frente a omisiones».

Continúa: «La decisión de la Sala Electoral de atender la petición de Nicolas Maduro, es una clara intromisión del poder judicial en las funciones propias del poder electoral».

Andrés Guerrero señala que «inmiscuirse en la situación generada por la omisión en la que ha incurrido el CNE en relación con los resultados de las presidenciales, es irregular, pues con ello pretende el poder judicial sustituirse en las funciones administrativas y electorales de otro órgano autónomo sin que exista un daño o peligro reclamado por el solicitante. Hay que precisar que, hasta tanto el órgano comicial no concluya con el proceso de totalización, adjudicación y proclamación del ganador de las elecciones presidenciales, el máximo juzgado carece de jurisdicción».

Para concluir en declaraciones para este periódico: «La Sala Electoral del TSJ, no ha llevado a cabo el procedimiento previsto para el recurso contencioso electoral previsto en el capítulo V de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia vigente. Ha optado por crear uno distinto, que contradice la naturaleza contenciosa de la jurisdicción electoral, e invade parcelas de competencias expresamente establecidas al Poder Público Electoral por la Constitución. Por lo que además de usurpar funciones, viola el principio de legalidad».

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