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Aborto y objeción de conciencia

Pero resulta que hay realidades que no son por el Estado ni para el Estado, que quedan fuera del Estado, como son las verdades matemáticas, las de la física cuántica… y la propia conciencia. Sí, todos tenemos nuestra conciencia, que es nuestra, no del Estado

Actualizada 01:30

En los últimos meses la señora ministra de Sanidad Mónica García está insistiendo en el compromiso claro y nítido de su ministerio, es decir, del Estado, con el aborto. Su aspiración remota es blindarlo en la Constitución, la inmediata es restringir y controlar el derecho a la objeción de conciencia. Lo cual, por cierto, comparte el actual Tribunal Constitucional, que en una reciente sentencia (la 44/2023) ha dicho que la objeción de conciencia al aborto «debe interpretarse de una forma estricta». Pero resulta que hay realidades que no son por el Estado ni para el Estado, que quedan fuera del Estado, como son las verdades matemáticas, las de la física cuántica… y la propia conciencia. Sí, todos tenemos nuestra conciencia, que es nuestra, no del Estado, lo reconoce la Propia Constitución en sus artículos 20 y 30. Gracias a ella sabemos por nosotros mismos (no porque nos lo diga el Código Penal) que matar a un ser humano es malo, no bueno; y quienes conocemos qué es realmente el cigoto y el embrión (biológicamente, no según los criterios del Poder), sabemos también que es malo tanto si ya ha nacido como si está por nacer. Resulta, además, que esa conciencia ¡es libre! Lo proclama la Constitución en sus artículos 15 y 16 al consagrar los derechos fundamentales (auténticos, no ficticios) a la integridad moral y a la libertad ideológica de todos y cada uno de nosotros. Esa es la razón por la que el Poder debe respetar la conciencia de todos, y podemos objetar ante leyes que nos obligan a actuar contra la propia conciencia.

Frente a ello, las recientes leyes sobre el aborto y la eutanasia ya maltratan la objeción de conciencia: la conceden sólo a los sanitarios «directamente implicados», cuando hay muchos otros (por ejemplo, en Indiana se concede a quienes preparan el instrumental); debe manifestarse «individualmente», lo cual impide a una institución defender la vida y se opone a la Resolución del Consejo de Europa de 7 de octubre de 2010; y, como colofón, la objeción «debe manifestarse anticipadamente y por escrito», que se inscribirá en un «registro de personas objetoras de conciencia» (así le llaman), señalando así como si fueran delincuentes fiscales a quienes en conciencia no quieren participar, cuando lo lógico sería que se registrasen quienes estén dispuestos a matar al feto o al paciente adulto.

Señora ministra, ilustres magistrados constitucionales: no es misión del Estado imponer un sistema matemático o combatir la física cuántica, y tampoco lo es ahogar las conciencias de quienes han hecho el juramento del primer médico científico, que fue Hipócrates (no mataré a nadie aunque me lo pida, dice). No restrinjan ni controlen la objeción, al contrario, apuesten por la libertad. ¿No hay un Ministerio de Igualdad?, ¿por qué no otro de libertad, que es el primer valor superior que propugna nuestra Constitución en su artículo uno? Los sanitarios, todos, tienen un ámbito íntimo de libertad de conciencia, un reducto que es suyo. ¿No ven que sus derechos fundamentales a la integridad moral y a la libertad ideológica sólo están limitados por el orden público protegido por la ley?, lo dice artículo 16 de la Constitución. No hay otro límite. Un artificial derecho a abortar no contenido en la Constitución (al contrario, consagra el derecho a la vida en su artículo 15), no puede hacer que una parte significativa de ciudadanos sea obligada a obrar contra sus más íntimas convicciones. ¿No ven que eso convierte al Estado en un Estado paternalista que nos trata como niños menores de edad? Frente a la coacción libertad, defendamos la libertad de conciencia como hizo Tomás Moro.

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