
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido
Tres horas de acalorada discusión
Conde-Pumpido dinamita el TC con la maniobra para prohibir a los jueces españoles cuestionar sus sentencias ante Europa
El presidente de la Corte de Garantías ha abierto una «grieta estructural» al plantear su intención de impedir a los tribunales ordinarios que se dirijan al TJUE
Los magistrados del Constitucional desayunaban este martes con un acalorado debate de más de tres horas, que retrasaba el comienzo del Pleno ordinario, al hilo del conflicto planteado por su presidente, Cándido Conde-Pumpido, entre la obligación de cumplimiento de las sentencias dictadas por el TC y la posibilidad que los tribunales españoles tienen de elevar cuestiones prejudiciales contra las mismas ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Un falso dilema que ha dinamitado el seno de la Corte y que, en realidad, responde a la maniobra con la que el titular del órgano de Garantías aspira a «neutralizar la providencia» de la Audiencia Provincial de Sevilla que cuestiona la aplicación del fallo dictado por el TC en la macrocausa de los ERE de Andalucía y por el que resultaron anuladas o rebajadas las condenas impuestas en el Supremo a los políticos socialistas responsables de la trama.
Es decir, Conde-Pumpido, quien ha llegado a confesar que lo ocurrido le quita el sueño, «no está dispuesto a admitir» que ningún juez ponga en entredicho el resultado de sus resoluciones y, por ello, ha activado «a la mayoría de siete magistrados del bloque izquierdista»: para evitar que queden sin efecto los asuntos más sangrantes para el Gobierno, tanto los resueltos hasta la fecha, como el de los socialistas andaluces; como, incluso, aquellos otros eventuales y futuros que pueden resultar sensibles para el Gobierno como la polémica Ley de Amnistía.
La iniciativa ha sido exclusiva del titular de la Corte, quien se arrancaba con la idea en solitario, este pasado lunes, en la primera sesión del Pleno del TC, ante los magistrados de las dos Salas que componen el cónclave. Los cinco miembros del bloque profesional del órgano no daban crédito a la barbaridad que se les estaba planteando. Dos horas de disertación de Conde-Pumpido para defender, con el respaldo del resto de miembros del bloque izquierdista que, de un modo u otro cerraron filas, hay una forma de evitar que los jueces españoles puedan elevar las resoluciones constitucionales ante el TJUE.Y es que, si bien la doctrina consolidada en Europa sobre la materia no admite discusión, no es menos cierto que la decisión de la Audiencia de Sevilla sobre la aplicación del fallo del Constitucional a la ejecución de sentencia pendiente para los condenados, no ha convencido a los siete magistrados que componen la mayoría. De ahí que estén dispuestos a buscar el modo de obstaculizar que las preguntas diseñadas por los integrantes del órgano provincial lleguen a la Justicia comunitaria que, en definitiva, debería ser la que se pronuncie «sobre la admisión del caso, la procedencia de las cuestiones recogidas en el mismo o su competencia para resolver esas dudas».

Polémica sobre la cuestión prejudicial
La Justicia europea ya declaró ilegal el veto que trata de aplicar Conde Pumpido a los jueces en los ERE y la amnistía
Lo contrario es un «despropósito» que ha abierto una «grieta estructural» en el seno de la Corte donde los servicios jurídicos se preparan para una batalla de informes de parte, y otros discrepantes, sobre lo que supondría en Europa que un tribunal español bloquee a otro en su decisión de dirigirse a Europa para resolver sus dudas sobre la aplicación de una sentencia «que puede ser contraria al Derecho comunitario».
Modificar la «doctrina» del TJUE en este sentido no sólo sería un nuevo «descrédito» para España ante la UE sino que, además, dejaría la puerta abierta de par en par para que el nuevo criterio de Conde-Pumpido se utilizase con el futuro y eventual auto, anunciado en su momento por el Supremo, con el que la Sala Segunda de lo Penal cuestionará, una vez agotada la vía interna, la posibilidad de amnistiar el delito de malversación de los separatistas catalanes del procés, sin violentar al hacerlo los intereses económicos comunitarios.
Cabe recordar que la primacía del ordenamiento de la UE ya fue declarada, en 1964, por el propio TJUE, corrigiendo a la Corte Costituzionale italiana en un enfrentamiento planteado por la Corte de Milán que, después de dictado el fallo de la primera, se dirigió al órgano jurisdiccional europeo para que determinase si la interpretación de los Tratados de la entonces Comunidad Económica Europea (CEE) debían ser de aplicación sobre cualquier ley interna posterior a los mismos, como así fue.