La exconsejera María José López, en su etapa al frente de Cetursa

La exconsejera de Justicia de la Junta de Andalucía, María José López, en su etapa al frente de CetursaNevaSport

Granada

Condenan a dos años de cárcel a una exconsejera socialista de la Junta por prevaricación y falsedad documental

María José López también ha sido inhabilitada cuatro años para empleo o cargo público, como consecuencia de su gestión al frente de Cetursa, la empresa que gestiona la estación de Sierra Nevada

La Audiencia de Granada ha condenado a dos años de prisión y cinco de inhabilitación especial para empleo o cargo público a María José López, la exconsejera de Justicia de la Junta de Andalucía y exdirectora de Cetursa, la empresa pública que gestiona Sierra Nevada, por la comisión de delitos de prevaricación administrativa continuada y falsedad en documento público oficial, mientras ejercía su cargo al frente de la estación de esquí.

La sentencia, que condena a las mismas penas al que fuera director de Organización y Finanzas de Cetursa, se ha emitido tras un acuerdo de conformidad entre las defensas, la Fiscalía y la acusación particular ejercida por Cetursa Sierra Nevada. Elimina así el juicio que tenía previsto comenzar el próximo lunes.

Tanto María José López como el director de Finanzas se enfrentaban inicialmente a una petición fiscal de siete años de prisión, acusados de autorizar cambios en la estructura organizativa de Cetursa para que varios cargos directivos no estuvieran sujetos a los límites retributivos que fijaba la ley, así como de cobrar ambos complementos de antigüedad que nos les pertenecían.

La sentencia, que es firme, acuerda asimismo la suspensión de las penas de prisión por un periodo de tres años, siempre que durante este tiempo los condenados no incurran en responsabilidad penal.

Incumplieron normativa presupuestaria

La Sección Segunda de la Audiencia hace constar que Cetursa es una sociedad mercantil del sector público y que desde enero de 2013 debía atenerse a las normas presupuestarias y de reequilibrio económico-financiero que impedían un incremento en las retribuciones de los directivos.

La norma también establecía que el derecho a percibir complementos de antigüedad debían figurar necesariamente en el contrato laboral y ello debía haber sido redactado antes de 2013, algo que no ocurría en el caso de María José López ni tampoco del entonces director de Finanzas.

El tribunal mantiene que «pese a tener conocimiento» de todos estos extremos, María José López y el otro acusado «incumplieron gravemente las normativas presupuestaria y económico financiera», dictando resoluciones para eludir los límites retributivos anuales impuestos al personal de Alta Dirección y personal directivo no sujeto a convenio.

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