Por derechoLuis Marín Sicilia

La sacralización de una alcaldada

Los delincuentes de los ERE siguen siendo delincuentes y la Audiencia Provincial de Sevilla revisará su sentencia

Actualizada 04:05

A diferencia de la discreción con que se está conduciendo un hombre prudente como José Antonio Griñan, el expresidente andaluz Manuel Chaves ha bajado al coso de la política con una agresividad, como mínimo inadecuada. Gobernar a base de alcaldadas era una característica propia de la España caciquil. Como es sabido, una alcaldada es «una acción arbitraria que ejecuta quien abusa de su autoridad sin tener en cuenta el interés general o los males que pueda causar».

La sentencia del Tribunal Constitucional sobre el escándalo de los ERE andaluces lo que ha hecho, en términos sociológicos, es sacralizar una alcaldada porque su arbitrariedad implícita consagra la impunidad de la clase política a la que sitúa por encima de las leyes. Para estos próceres, muchos ligados a gobiernos socialistas, la elaboración de presupuestos son actos políticos ajenos al control judicial por lo que la clase política puede saltarse la legalidad si cuentan con mayoría parlamentaria para ello. Por lo tanto, pueden disponer del dinero público a su antojo y con total discrecionalidad, soslayando los controles del gasto que los sistemas democráticos tienen previstos para intervenir cualquier disposición de partidas presupuestarias.

La sentencia de marras del Tribunal Constitucional es, desde el punto de vista jurídico, una afrenta al Estado de derecho que escandaliza a cualquier alumno de primero de carrera. La facultad de dictar sentencias culmina en el Tribunal Supremo y a él le corresponde la función de determinar la correcta o incorrecta aplicación del derecho. El Tribunal Constitucional es un garante de derechos constitucionales, pero no puede cuestionar medios probatorios y conductas concretas alegando que se han violentado derechos constitucionales, porque la conclusión última es que los políticos están a salvo del control jurisdiccional, aunque su actitud haya sido manifiestamente elusiva de los controles democráticos.

Un órgano político, sin extracción judicial, ha entendido que los condenados por los ERE estaban amparados por un acuerdo parlamentario que encubría una cacicada: la famosa partida presupuestaria 31 L que el socialismo andaluz incluyó en siete de los diez ejercicios analizados y que habilitaba al gobierno socialista para «actuaciones irregulares con total conocimiento de la ausencia de procedimiento». Este uso arbitrario de los fondos fue denunciado en varias ocasiones por la Intervención General de la Junta de Andalucía cuyos informes negativos ocultaba la mano derecha de Chaves, Gaspar Zarrias, en los debates previos, esos que el Constitucional entiende que escapan al control de legalidad. Y la oposición del PP enmendó varias veces los presupuestos para que desapareciera dicha partida, habilitadora de corrupción, enmiendas que rechazó una y otra vez el partido socialista imponiendo su mayoría parlamentaria.

En autos judiciales quedó acreditado que fueron esquilmadas las arcas públicas desde la impunidad, la arbitrariedad y la desviación de recursos para la compra de voluntades, fuera de todo control y siempre en beneficio de intereses sectarios cuando no se dilapidaban en francachelas de todo tipo. El Tribunal Constitucional (trufado de políticos que debieran haberse abstenido) ha dicho, en la práctica, que se puede esquilmar el dinero público a capricho de quienes gobiernen en cada momento. Aceptar esa sentencia, desde luego. Pero dejar claro que la misma ha abierto una puerta a la corrupción política, sin ningún tipo de dudas, también. Con cosas así comenzó la degradación política en Cuba, en Venezuela y en tantos otros «paraísos».

De entrada, los delincuentes de los ERE siguen siendo delincuentes y la Audiencia Provincial de Sevilla revisará su sentencia ateniéndose a los tres años en que la arbitrariedad no tenía el respaldo de la partida 31 L, una tapadera que habilitaba las alcaldadas de unos políticos sin control del gasto. Y ya veremos qué opinan los magistrados que deben revisar su sentencia. De entrada hay quien opina que la Audiencia debiera plantear una cuestión prejudicial a la justicia europea para que determine si la sentencia del Tribunal Constitucional es compatible con el derecho europeo en materia de lucha contra la corrupción. Y ello al margen de que la propia Junta de Andalucía, como perjudicada por el despilfarro arbitrario de fondos públicos, plantee o no una cuestión de nulidad por la revisión llevada a cabo por el Tribunal Constitucional, un organismo político que, en el fondo, está consagrando el abuso de poder, siempre que haya una mayoría que la apruebe, corrupción esta característica de las dictaduras y que repudian las democracias.

Lo grave de todo esta cuestión no es, con serlo, la forma tan desahogada con la que unos políticos determinados dispusieron a su antojo del dinero público, sin más control que su santa voluntad. Lo que a estas alturas resulta indignante es que algunos tengan encima la desvergüenza de presumir de ello, ofendiendo, una vez más, al pueblo andaluz víctima de sus desafueros. Que el presidente bajo cuyo mandato se montó el tinglado tenga la osadía de alzar insolentemente la voz en este momento, blandiendo banderas de honestidad, es la mayor ofensa para un pueblo andaluz harto de sus alcaldadas.

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