Tener coche en Barcelona es más caro que en el resto de España

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Pago

El impuesto que sólo tienen que pagar los conductores catalanes

La transferencia de competencias provoca agravios comparativos a todos los niveles, por ejemplo en Cataluña hace ya tres años que pagan un impuesto extra a las emisiones de CO2

La cesión de competencias a las comunidades autónomas en ocasiones trae consecuencias no deseadas por los ciudadanos, en este caos nos referimos a las diferencias impositivas, lo que provoca que los impuestos, tasas y gravámenes que pagan los españoles no son iguales en todas las comunidades españolas.

En este caso hay un impuesto que Cataluña puso en funcionamiento hace ya más de tres años y que perjudica los intereses de sus conductores, que se ven obligados a pagar una tasa extra que no existe en el resto del territorio nacional.

Un impuesto extra

En este caso se trata de un impuesto que deben pagar los propietarios de todos los vehículos en función de sus emisiones de CO2 en base a un padrón que realiza anualmente la Agencia Tributaria Catalana sobre todos los automóviles ‘empadronados’ en Cataluña y que pagan allí el impuesto de circulación.

La tasa hace referencia al nivel de emisiones

La tasa hace referencia al nivel de emisiones

En este caso el impuesto va destinado a todos los coches y motocicletas con unas emisiones por encima de los 120 gramos de CO2 por kilómetro y a los camiones y furgonetas que superan los 160.

Más contaminantes

La Agencia Catalana publica un listado completo el primero de mayo de cada año en el que recoge la clasificación de los automóviles en función de sus emisiones y los propietarios que están sujetos al pago de los mismos, que en función de las emisiones va desde los 0,50 euros hasta os 270 euros. Aunque para conocer el precio concreto de cada vehículo hay que acceder al calculador de emisiones.

Zona de Bajas Emisiones, impuesto al CO2... el automóvil siempre paga

Zona de Bajas Emisiones, impuesto al CO2... el automóvil siempre paga

En cuanto a los plazos, el pago se realizará el 20 de noviembre en caso de tenerlo domiciliado en cuenta o a partir del 1 de septiembre para los no domiciliados, con un recargo del 5 % para los recibos pendientes del ejercicio anterior. Veremos si con el tiempo llegará a otras comunidades.

Vehísulos exentos tasa CO2

  • Coches y motos emisiones menores 120 g/km CO2 y furgonetas menos de 160 g/km CO2
  • Ciclomotores
  • Camiones de más de 3.500 kilos
  • Vehículos de más de 9 personas y autobuses
  • Vehículos oficiales
  • Ambulancias
  • Vehículos movilidad reducida
  • Históricos-clásicos
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