La 'abogada del Gobierno': de querellarse contra Peinado a defender a la Fiscalía en el caso del novio de Ayuso
Como contó El Debate, Zaida Fernández Toro es además la que firmó el informe con el que el Gobierno pedía la aplicación de la amnistía para el expresidente catalán fugado, Carles Puigdemont
La abogada del Estado Zaida Fernández Toro es la que ha firmado la querella interpuesta por el órgano público contra el juez Juan Carlos Peinado, que instruye el caso abierto contra la mujer de Pedro Sánchez, Begoña Gómez, por presunto delito de prevaricación. La querella, como confirmó la portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, se ha presentado este martes, la misma mañana en la que estaba citado Sánchez para declarar ante el magistrado como testigo, en Moncloa.
Da la casualidad de que la letrada Fernández Toro es también, como ya adelantó El Debate, la que ejerce la defensa de la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, en la causa que el empresario y novio de la presidenta Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador, tiene abierta contra el fiscal general del Estado por presunto delito de revelación de secretos.
Causa esta que el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se encargaba del caso, elevó hace poco más de una semana al Tribunal Supremo. Cabe recordar que el novio de la dirigente madrileña presentó esa querella después de que se publicara una nota de prensa sobre un presunto fraude fiscal.
La abogada del Estado encargada de la querella contra Peinado fue además, como contó este periódico, la que firmó el informe con el que el Gobierno pidió al Alto Tribunal que se aplicara la amnistía a Carles Puigdemont incluyendo todos los delitos que pesan sobre él, es decir desobediencia y malversación.
En la querella interpuesta contra el magistrado instructor del caso que se sigue en el juzgado número 41 de Madrid contra Begoña Gómez, la letrada sostiene que «la cuestión de la responsabilidad penal del juez comienza allí donde la aplicación incorrecta de la ley no puede ser imputada a la falibilidad humana, sino al abuso 13 de las funciones del juez» y que «en estos supuestos la disfunción no es imputable al sistema, sino al juez, y es en estos casos donde se hace necesaria las exigencias de responsabilidad penal del juez como correlato o contrapeso que garantiza la libertad de responsabilidad y, de esta manera, la independencia».
«Hay múltiples elementos que hacen evidente que la toma de declaración practicada (...) contraviene la normativa que la regula, despojando a quien ostenta la Presidencia de uno de los poderes del Estado de las 27 garantías que le ofrece la Ley de Enjuiciamiento Criminal desde 1882, sin explicación alternativa manifestada o manifestable», señala Fernández Toro en el escrito en referencia a la declaración de Sánchez como testigo este martes. Defiende en este sentido que el presidente debería haber prestado declaración por escrito, como pedía la Fiscalía y la defensa de Gómez.