la pareja de Ayuso, Alberto González Amador

La pareja de Ayuso, Alberto González AmadorEFE

PSOE y Más Madrid recurren la decisión de la jueza de rechazar investigar al novio de Ayuso por nuevos delitos

Apenas cuatro días después de conocerse que la jueza de Instrucción número 19 de Madrid rechazó las diligencias solicitadas por el PSOE y Más Madrid en la causa en la que se investiga a Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, por la presunta comisión de delitos de defraudación tributarias y falsificación de documentos mercantiles, ambas formaciones han interpuesto un recurso de reforma contra esa decisión.

El recurso, al que tuvo acceso Europa Press, impugna el auto dictado el pasado 31 de julio que desestimaba las diligencias reclamadas por el PSOE y Más Madrid en un escrito que se presentó el pasado 24 de junio y que motivó que se aplazarán las declaraciones previstas para esa jornada.

Las peticiones de la acusación popular se solicitaron en virtud de un informe de inspección de la Agencia Tributaria incluido en el procedimiento al considerar que los hechos objeto del proceso penal podrían no limitarse a los delitos investigados.

Esta parte critica que las diligencias se hayan denegado «en su totalidad de manera genérica en el auto» sin que se argumente por qué se consideran «las mismas inútiles de forma individualizada lo que produce a esta parte indefensión para poder combatir en este recurso la denegación de las diligencias solicitadas».

«La generalidad e imprecisión de la denegación de las diligencias propuestas deja absolutamente mermada la capacidad para rebatir dicha denegación y es conculcadora de nuestra Tutela Judicial Efectiva del Artículo 24 de la Constitución Española», asevera.

Insiste en que dichas «diligencias guardan relación con el objeto de investigación pues con las mismas se acredita lo fraudulento del actuar de los investigados, que de forma coordinada y colaborando todos ellos han desarrollado una estrategia mercantil que el fiscal denomina en su escrito como 'llamativos por no ser propios de una práctica mercantil normal'».

Considera que con las mismas «no solo se podrían acreditar otros tipos delictivos derivados de la conducta desplegada por los investigados sino también otras facturas falsas que pudieran agravar la responsabilidad por las cuantías defraudadas».

Ello «afectaría al tipo penal del delito fiscal y también respecto de la participación como colaboradores necesarios de terceros, como Quirón Salud, a través de la persona firmante de los documentos contractuales, contestaciones a requerimientos de la AEAT y última certificación emitida por Emilio C. H. unida al escrito de alegaciones de la defensa de González Amador frente a su solicitud de prueba, destacando que es solo la representación de dicho investigado la que se ha opuesto a la práctica de las diligencias propuestas».

El recurso recoge que la AEAT en su informe señala que «la operación simulada relativa a la compraventa de las participaciones de Maxwell a Masterman y de Masterman a Alberto González Amador, a la mujer del director general del Quirón Prevención con la adjudicación de por medio de contratos a Maxwell y derivación de facturación a Masterman de parte de dicha facturación, es desde luego algo que es anormal en el tráfico mercantil».

Y añade que podría «enmascarar el pago de comisiones por la adjudicación de contratos de Quirón Prevención a Maxwell Cremona que incrementó su facturación de manera escandalosa y que sorpresivamente compra a la mujer del director general de Quirón Prevención una sociedad sin apenas activo por la desorbitada cantidad de 499.836,92 euros para luego vendérsela así mismo por 3.300 euros justo cuando se deriva por Quirón y Maxwell a la misma gran parte de la facturación, es decir, cuando más valor pudiera tener».

«Lo anterior es tan llamativo que la propia Abogacía del Estado ve en esta operación indicios delictivos, al igual que la agencia tributaria, motivo este por el que deben acordarse las diligencias de investigación», concluye.

Diligencias

El pasado 24 de junio, esta acusación reclamó por escrito la práctica de varias diligencias como que se investigara la relación empresarial del novio de la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, con Quirón; que se analizaran sus cuentas de 2019 a 2022; y que aportara la escritura de compraventa de sus viviendas de 2020 a 2024.

Desde Más Madrid señalaban que habría indicios de más delitos que requerían más tiempo de investigación y estudio con el fin de una posible ampliación del delito fiscal, falsedad documental y delito contable.

Además, consideraba el PSOE y Más Madrid que la pareja de Ayuso podría haber incurrido en la presunta comisión de dos delitos de administración desleal, falsedad contable, corrupción en los negocios, y delito contable.

En su auto, la magistrada entendía que «muchas de ellas pueden resultar innecesarias por tener por objeto hechos que pueden ser reconocidos por los investigados en el momento de prestar declaración». Y considera que «otras pueden considerarse prospectivas al no existir indicios de delitos distintos a los que son objeto del presente procedimiento».

En cuanto a los hechos que pudieran ser conexos, la jueza aducía que la práctica de las diligencias interesadas supondría «excesiva complejidad y dilación en el procedimiento que se alargaría durante varios años, es decir, impediría el pronto enjuiciamiento exigido por el Artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal».

La investigación contra el novio de Ayuso se centra en los supuestos indicios delictivos sobre hechos relativos al Impuesto de Sociedades correspondientes a los ejercicios de los años 2020 y 2021 y de un presunto delito de falsedad en documento mercantil al haberse aportado unas facturas que no se corresponden con servicios realmente prestados y aportados con la finalidad de minorar la cuota tributaria a satisfacer.

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